martes, 29 de enero de 2013

185 mil desplazados por megapresas mexicanas



Dictamen del Tribunal Permanente de los Pueblos advierte sobre nuevas violaciones de derechos sociales y ambientales en los proyectos en marcha

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO

Un histórico sobre el desplazamiento de pobladores para edificar megapresas en el territorio mexicano, que parte del año 1936 y culmina en 2006, revela el desplazamiento de al menos 185 mil habitantes cuyos pueblos originales fueron inundados sin reconocerles derechos, lo que derivó en muchos casos en la destrucción de sus comunidades y la depauperación de sus economías locales.

Es parte del dictamen final de la preaudiencia “sobre presas, derechos de los pueblos e impunidad, mesa de devastación ambiental y derechos de los pueblos”, del Capítulo Mexicano del Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP), emitido en diciembre pasado. En el documento se analizan cinco casos de presas en proyecto, uno de un embalse en construcción (El Zapotillo), dos de presas en operación y tres de proyectos asociados. El fallo definitivo lo hará el TPP en el año 2014.

“En el registro de la Comisión Nacional del Agua se establece que existen actualmente alrededor de 4,200 presas. De acuerdo con su uso principal –algunas son multipropósito– las más grandes pueden agruparse de la siguiente manera: 582 para riego, 42 para generación de electricidad, 38 para suministro de agua potable, 30 para el control de cauces y trece para usos recreativos y piscícolas”.

Hasta 2017 “se plantea construir otros treinta proyectos que se encuentran en diferentes etapas: identificación, gran visión, prefactibilidad, factibilidad y diseño, así como proyectos de ampliación y modernización”. En el caso de Jalisco, además de La Yesca, se incluyen otros cinco proyectos de hidroeléctricas: San Cristóbal, Arroyo Hondo, Mascota Corrinchis, Aguaprieta y Amuchiltitle.

Los 185 mil desplazados “corresponden al período de 1936 a 2006 y constituye un aproximado considerando que en el país no existe un registro de desalojados ni una definición univoca de afectados”.

Con base en los expedientes, testimonios y pruebas presentados en el marco de la preaudiencia, “concluimos que existe una sistemática violación de los derechos humanos de las personas y comunidades donde los proyectos de presas para generación de electricidad, riego, agua potable, control inundaciones, han sido realizados, se están construyendo o están en planeación”.

Desde la posición del Estado mexicano “suele asociarse la construcción de presas con ideas como desarrollo, crecimiento económico o bienestar general, así como con los beneficios que genera la inversión pública y privada en materia de empleos y ocupación de la mano de obra local. Ello da fundamento al argumento legal de que son obras de utilidad pública e interés nacional, por lo que se justifica la expropiación y afectación de la propiedad rural, principalmente de origen social como los ejidos y las comunidades indígenas”.

Sin embargo, “se puede observar que el problema es más complejo. Más allá del bienestar general y derecho al desarrollo de los pueblos, lo que se observa con la construcción de presas es la existencia de una serie de intereses económicos y políticos asociados. Por un lado están los principales beneficiados con las presas: las élites económicas nacionales y transnacionales que impulsan inversiones inmobiliarias y turísticas, así como cultivos de exportación e industrias que requieren de altos consumos de agua y energía”.

La obra hidráulica “es el medio para valorizar sus inversiones: con el argumento de la utilidad pública se justifica la afectación de los territorios indígenas y campesinos. Ello se traduce en el control y apropiación privada de recursos naturales estratégicos como el agua, el suelo y la energía”.

El agua, vista de ese modo, “es un componente clave de un modelo de desarrollo poco preocupado por lograr el bienestar de la gran mayoría de mexicanos, ya que se basa en una economía orientada a las exportaciones y mercado global, que busca satisfacer los acuerdos comerciales y de inversión extranjera, a través de la desregulación y el crecimiento ilimitado, sin considerar los altos costos sociales y ambientales que genera”, concluye el documento (se puede leer completo en http://www.maderasdelpueblo.org.mx/dictamen-final-pre-audiencia-presas-derechos-de-los-pueblos-e-impunidad-favor-de-difundir).

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Mañana se ventila caso Temaca en la SCJN

La controversia constitucional interpuesta por el municipio de Cañadas de Obregón en contra de los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), de la Comisión Nacional del Agua (CNA) y del gobierno de Jalisco, por la edificación sin licencia municipal de la cortina de la presa El Zapotillo a 105 metros de altura, será revisada mañana en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“El 8 de enero de 2013, el ministro José Fernando Franco González Salas emitió el auto en la controversia constitucional 69/2012 donde se tiene por confirmada la admisión de dicha controversia –según resolución del 3 de octubre de 2012 dictada por la Segunda Sala de la SCJN–, con lo que el gobierno de Emilio González Márquez perdió el recurso de reclamación 39/2012 en el que pedía que no se admitiera la controversia”, dijo el integrante del Colectivo de Abogados (Coa), Guadalupe Espinoza Sauceda.

De este modo, “se va a ir al fondo del asunto; este miércoles la Corte tiene listada la sesión en el recurso de reclamación 42/2012 contra la negativa de la suspensión de la presa El Zapotillo, esperemos se otorgue la suspensión”.

Si se otorga la suspensión, el efecto será que se deben detener las obras de edificación que actualmente realiza la constructora Peninsular en la barranca del río Verde.

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