Los jueces siempre dan la razón a los particulares en los litigios, indican responsables de defender el área protegida. De 71 casos de anomalías reportadas por la dirección del bosque a la Profepa desde 2009, en especial por nuevas fincas, ninguno se ha ganado. Las causas: marco legal endeble y falta de vigilancia
Guadalajara. Agustín del Castillo. MILENIO-JALISCO
La historia siempre es la misma: se presenta un reporte de una finca que se ha edificado al interior del área natural protegida La Primavera, interviene la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), se abre expediente, se deriva a una clausura, se marcan omisiones y violaciones al programa de manejo… y un juez le da la razón al particular. La vivienda campestre se quedará en el bosque.
¿Qué tan grave es el problema? Información solicitada por este diario a la dirección ejecutiva del bosque La Primavera, revela que entre el 19 de enero de 2009 y la semana pasada, se habían entregado a la Profepa 71 reportes de diversas anomalías cometidas en la reserva, entre tala ilegal, desmontes, vertido de desechos e incendios. De ese total, 47 son expedientes relativos a construcciones supuestamente ilegales (ver gráficos anexos). Y ninguno se ha ganado en términos de recuperar el espacio para su restauración y reintegración al bosque.
El director del bosque, José Luis Gámez Valdivia, refiere que los procedimientos de inspección son cada vez más frecuentes porque se ha fortalecido el cuerpo de vigilantes y se han creado casetas de control hacia el área natural protegida, pero admite que no se pueden vigilar todos los accesos y que en muchas ocasiones las anomalías se advierten hasta que están consumadas.
Para el delegado en Jalisco de la Profepa, José Manuel Galindo Jaramillo, y el subdelegado jurídico de la dependencia, Javier Silva Castañeda, no es un resultado sorprendente. “Del trabajo que realizamos en las áreas naturales protegidas, La Primavera se lleva más de 70 por ciento, y debo decir que es una enorme carga de trabajo con muy bajos resultados en cuanto a lo que esperaría la sociedad”, sostienen.
Hay muchas explicaciones a la fragilidad legal de la protección: ni el decreto que creó la zona de protección de flora y fauna La Primavera, en 1980, ni el programa de manejo que rige las actividades permitidas en el bosque, prohíben expresamente edificar fincas. Por si fuera poco, el polígono marcado en el decreto no está bien definido y eso permite que en la zona de la periferia los dueños de muchos predios lo apliquen a su favor para usar de forma más intensiva los terrenos forestales.
Peor todavía: los ayuntamientos de la zona, sobre todo, Zapopan, Arenal y Tala, entregan licencias de construcción a quienes se los solicitan, aunque con ello se viole la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, pues los cambios de uso de suelo forestales son monopolio de la autoridad federal (Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales), y los municipios pasan sobre esa facultad.
“Pero si el programa de manejo dice que no se puede edificar en la zona protegida a menos que se traiga una autorización, cuyo origen no precisa, un juez no tiene más remedio que darle la razón al particular; y con eso topamos siempre”, sostiene Silva Castañeda.
El delegado, Galindo Jaramillo, insiste sobre el particular: la denuncia no es una solución, pues cuando se presenta, es porque la cadena de hechos ya está casi completa, y es muy difícil de impugnar.
“Se necesitaría que cada ámbito de gobierno y tipo de autoridad hicieran su trabajo; los municipios son responsables como primer piso al emitir permisos, pero tienen compromisos directos en la conservación de los ecosistemas que están en sus territorios; y habría que analizar el papel de cada entidad que hay que integrar a este engranaje”, añade.
Las otras instituciones responsables: una dirección ejecutiva que se creó a raíz de un convenio entre la Semarnat y el gobierno de Jalisco, que carece de personalidad jurídica y de presupuesto suficiente para cuidar el bosque con más eficacia; una secretaría que asigna presupuesto y define los lineamientos generales de la dirección ejecutiva, Desarrollo Rural, entre cuyas prioridades no está la protección del ambiente; un fideicomiso que le da legalidad a estas actuaciones, pero donde no se toman decisiones ni se asigna el dinero necesario; la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), que no ha actualizado los instrumentos jurídicos para la protección del bosque.
Así, parece que La Primavera está en el limbo jurídico, lo que la condena a perder todos los pleitos con los particulares.
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Una legislación ambigua
••• Javier Silva Castañeda, subdelegado jurídico de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), subraya que a un abogado siempre le pega a la ambigüedad de la ley cuando de defender valores naturales se trata. Y es el caso de la principal zona protegida de la región metropolitana de Guadalajara.
“En el programa de manejo, en ningún apartado y bajo ningún criterio técnico o jurídico, se determinan prohibiciones expresas; por el contrario, en todo momento, las actividades se encuentran condicionadas a la obtención previa de una autorización”. Como ejemplo, la regla 60 del Programa de manejo, donde se determina que “en el área natural protegida queda prohibido, salvo que se cuente la autorización respectiva de la Semarnat, la ejecución de obras públicas o privadas o la construcción de infraestructura”.
Esta herramienta, que se considera esencial para la gobernanza del área, tiene ya once años de haberse publicado, sin que se le haya hecho ninguna actualización.
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