sábado, 6 de octubre de 2012

Nevado, un amparo redujo parque estatal




Los ejidos Huescalapa y Los Mazos echan abajo el decreto de 2009 en sus tierras; no obstante, no se está talando el territorio recuperado, aclaran

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO

El parque estatal Bosque Mesófilo del Nevado de Colima, con tres años de existencia, ya perdió su primera batalla legal contra dueños que reclaman el desposeimiento de sus bosques.

Los ejidos Huescalapa y Los Mazos ganaron este año un juicio de amparo al determinar un juez de distrito, y confirmar un Colegiado, la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley Estatal de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LEEEPA), que sustentó el decreto de creación del área natural protegida.

En esencia, los campesinos reclamaron que no se respetó su garantía constitucional de audiencia, en lo que les dio la razón el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo de Guadalajara (apoyado por el Juzgado Tercero de Distrito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, de Culiacán, Sinaloa), y ratificó el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito.

Se trata del juicio de amparo 1663/2009, promovido originalmente por Huescalapa, al que se acumuló el expediente 1874/2009 de Los Mazos, cuya resolución favorable a los ejidos fue impugnada en la revisión 671/2011 por el gobernador de Jalisco y sus secretarios de Gobierno y de Medio Ambiente.

La sentencia final confirma que el decreto de área natural protegida pierde vigencia en 652.6 hectáreas (ha) de los bosques de Huescalapa, municipio de Zapotiltic, y 295.3 ha de bosque del ejido Los Mazos, municipio de Tuxpan.

El 2 de marzo de 2012, el Juzgado Primero de Distrito notificó este resultado definitivo a las autoridades estatales, pues resultaron “improcedentes los recursos de revisión interpuesto [sic] por el secretario de Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable y por el secretario de Gobierno, ambos del estado de Jalisco”.

El bosque mesófilo de montaña, o bosque de niebla, de la mayor montaña de Jalisco, es uno de los ecosistemas más ricos en diversidad biológica (tienen tantas especies como una selva húmeda) y más escasos tanto en el estado como en el país, con apenas poco más de 1 por ciento de la superficie forestal nacional. Esto motivó que se buscara proteger en cuatro polígonos que suman 7,213 ha en las barrancas del volcán extinto, todas colindantes con el parque nacional, con decreto federal, que data de 1936.

De este modo, el 22 de mayo de 2009, el parque estatal se convirtió en la primera área protegida con decreto de Jalisco. Pero ello no convenció a muchos de los nuevos “socios” de la protección. Como el esquema mexicano de reservas ecológicas no conlleva actos de expropiación, la propiedad permanece en la esfera privada o social, y eso llevó a los inconformes a reclamar el despojo de sus propiedades o de sus derechos de propiedad, a escasos cinco meses de que se emitiera el decreto del parque.




La protección de la justicia federal implica que: “1. A la parte quejosa no se le aplique la LEEEPA, por lo que se refiere únicamente al artículo 55, párrafo primero, en el que se apoyó el gobernador de Jalisco para emitir el decreto de que se trata. 2. Deje insubsistente sólo la parte afectada a los quejosos”, esto “sin perjuicio de que en ejercicio de sus atribuciones pueda emitir [el gobierno de Jalisco] otra resolución, pero siempre y cuando siga el procedimiento en el que los quejosos puedan ejercer plenamente su derecho de audiencia”, añade el documento de notificación.

El artículo 55 de la LEEEEPA dice: “Para la expedición de las declaratorias, deberá realizarse el programa de aprovechamiento con los estudios técnicos que lo fundamenten, con el apoyo y asesoría que sean necesarios de instituciones u organismos especializados en la materia, contando además, para el caso de aquellas de competencia estatal, con la participación de los municipios en cuya circunscripción territorial se localice el área de que se trate, y con la concurrencia de los dueños, poseedores y habitantes del área en estudio, a quienes se les hará saber la existencia del proyecto de declaratoria mediante cédula que se fijara en los estrados de las presidencias municipales que correspondan, así como a través de publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación en la localidad, en otro de mayor circulación en el estado y el periódico oficial El Estado de Jalisco”.

Tanto el juez como los magistrados consideran que estas prevenciones son insuficientes para garantizar la audiencia de los ejidos, que debe darse de forma personal y por escrito, y hacerlos participar en el proceso completo de integración de la propuesta.

Es así como las áreas protegidas estatales han padecido su primera derrota, y quedan expuestas a nuevas acciones legales en contra, aunque el titular de la Semades, Héctor Eduardo Gómez González, se comprometió ayer a recuperar esa superficie a favor del parque estatal del Nevado de Colima.

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En Huescalapa aprovechan el bosque fuera del área protegida

Los ejidatarios de Huescalapa se quejan de ser satanizados por ejercer el derecho a aprovechar sus bosques; Aldo Rivera, su asesor técnico, puso en relieve que el aprovechamiento que les acaba de permitir la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) apenas incide sobre 5,429 metros cúbicos (m3) de madera, y que ninguna extracción se realiza en la superficie que pertenecía al parque estatal Bosque Mesófilo Nevado de Colima.

En entrevista con MILENIO JALISCO, de visita por esta ciudad, destacó: “La superficie forestal del ejido es aproximadamente sobre las 1,100 hectáreas [ha], y de estas, solo 156 ha son aprovechadas, es decir, poco más de 10 por ciento es lo que se está proponiendo para cortar, pero en un periodo de diez años, y de estas 156 hectáreas se cortarían en un periodo de diez años [...] si hablamos de volúmenes son 500 m3 al año, realmente la intensidad de corta y de aprovechamiento es muy baja”.

—¿Cuánto es el volumen guardado en esos bosques en madera?

—Hay zonas que tienen 150 m3 por ha; la zona de los oyameles, que es la más densa, tiene hasta 300 m3 de existencia por ha; son bosques que tienen mucho capital acumulado, y en este caso estamos manejando una intensidad de 13 por ciento, cuando regularmente el manejo que se hace en los bosques es mucho más intensivo, sobre 30 por ciento o mas allá.

“El ejido y yo como responsable técnico queremos clarificar, porque se convierte en información confusa; queremos reiterar que no estamos en el parque nacional, no estamos tampoco aprovechando en la zona del polígono del parque estatal, están totalmente respetadas; se está trabajando afuera de esas áreas, y como ya mencione es una intensidad muy baja”, añadió.

A Aldo Rivera le llama la atención que en años previos sacaron aprovechamientos sin problema, incluso después del escándalo de 2000, cuando el gobierno federal clausuró la corta. “Como ya tuvimos un problema hace 12 años, por lo mismo, la gente ahorita está desconcertada porque en 2007 y en 2010 hubo aprovechamientos, y en esas ocasione no hubo ningún problema, no hubo ningún señalamiento, no hubo cuestiones mediáticas: el ejido hizo su aprovechamiento con toda la tranquilidad del mundo, se hicieron los reportes, y se presento todo lo que se debe de presentar...”.

El actual es un nuevo permiso, por otros diez años, “y aquí debido a esta nueva problemática la superficie que se tuvieron que segregar por lo del parque estatal; el anterior aprovechamiento era cerca a de siete mil ha, y los volúmenes eran mayores de 18 mil m3; ahora hablamos de 156 ha y 5,400 m3, entonces no entienden el escándalo”.

No se cortará ninguna especie “bajo norma”, es decir, en alguna categoría de riesgo según la NOM-059 de especies en peligro; el oyamel o Abies religiosa se lleva 40 por ciento del aprovechamiento, pero no está en riesgo y además, otros aprovechamientos vecinos, como el de Alejandro del Toro, lo están cortando “y no se les señala”.

Para el asesor, es fundamental dar alternativas verdaderas a la producción forestal, lo que nunca sucedió en 12 años con programas como los servicios ambientales, o comprarle el bosque al ejido, que parece condenado a la precariedad económica.



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Les preocupa pérdida de Abies religiosa

Ecologistas
exigen detener
tala en ejido


Ecologistas integrados a diversas asociaciones de montañistas de Jalisco exigen que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) cancele el aprovechamiento otorgado a favor del ejido Huescalapa en sus bosques de oyamel y mesófilo de montaña.

“Con mucha preocupación notamos que las justificaciones empleadas para la autorización otorgada [MILENIO JALISCO, 1 de octubre de 2011] reflejan hechos empíricos y por lo tanto solicitamos se demuestre con estudios científicos comprobables e investigaciones realizadas por las dependencias oficiales acreditadas para ello”, dicen en carta entregada a este diario.

Las dudas: uno, “¿cómo es que la tala de árboles adultos, sanos, es benéfica para un bosque?”. Dos, “¿cómo es que la fauna se desplazará en forma temporal, hacia dónde, quién vigilara dicho desplazamiento y cómo se lograrán condiciones idénticas a su hábitat original mientras dure su desplazamiento?”. Tres, “¿cómo regresará esta fauna desplazada temporalmente a su lugar de origen y cómo podrá sobrevivir en un hábitat afectado?”.

Además, “en el estudio efectuado por el catedrático Carlos Gay, del Centro de Ciencias de la Atmósfera de la UNAM, con el tema Cambio Climático en México, y avalado por la misma Semarnat, cuya presentación disponible en Internet para su investigación y estudio, se expone claramente y en base (sic) a estudios profundos que uno de los bosques con mayor peligro de extinción en nuestro país son los bosques de Abies religiosa, tal como el que se está autorizando a talarse 156 hectáreas”, lo cual les parece una gran contradicción.

De este modo, el Grupo Montañista Colli AC, y la Asociación de Excursionismo, Montañismo y Escalada de Jalisco AC, “solicitamos a ustedes [la Semarnat] su revisión e intervención para que se tomen las medidas necesarias para revocar este permiso otorgado al ejido de Huescalapa y otros permisos que caigan en los supuestos expuestos en el presente documento”.

martes, 2 de octubre de 2012

No se puede construir la presa El Purgatorio



La Semarnat negó permiso de cambio de uso de suelo ante ocho graves omisiones por parte del estudio que realizó la Comisión Estatal del Agua, lo que pone en vilo el proyecto de abasto de agua de la ciudad.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO

La presa derivadora de El Purgatorio, que será la “puerta de entrada” de cinco mil 600 litros por segundo de agua del río Verde hacia la zona conurbada de Guadalajara, a partir del 2014, con una inversión integral de cinco mil 790 millones de pesos, tiene avanzado el proceso de licitación, pero no se puede construir. La razón: se le ha negado la autorización de cambio de uso de suelo forestal por parte del gobierno federal.

El 20 de julio de 2012, la Dirección General Forestal y de Suelos de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) emitió el resolutivo correspondiente, fundado en las omisiones de la Comisión Estatal del Agua (CEA) que dejaban grandes lagunas en el aspecto ambiental del proyecto.

De ese modo, resolvió “desechar la solicitud de autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales por una superficie de 76.57 hectáreas para el desarrollo del proyecto denominado Presa derivadora y sistema de bombeo Purgatorio-Arcediano, con pretendida ubicación en los municipios de Ixtlahuacán del Río y Zapotlanejo en el estado de Jalisco […] debido a que la información técnica faltante presentada no cumple con lo solicitado por esta Dirección General Forestal y de Suelos…”.

Obviamente, aunque se dio por concluido el trámite, la CEA de Jalisco tiene la posibilidad de reabrirlo y subsanar la falta de información aludida, pero en tanto no se emita un resolutivo favorable, no podrá mover una piedra, pues eso constituye “un delito ambiental del orden federal”, advirtió la dependencia federal.



Ocho grandes omisiones
Según la Semarnat, el estudio técnico justificativo que elaboró la CEA para fundamentar su solicitud de cambio de uso de suelo, no cumple con lo dispuesto por el artículo 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, pues resultó información incompleta, y la CEA no la subsanó cuando se le pidió la información complementaria.

El “considerando IV” resume las ocho grandes omisiones informativas del organismo:

Uno, las coordenadas proporcionadas “no corresponden a la superficie sujeta a cambio de uso de suelo”; dos, “no se indica cuál fue la superficie muestreada para el levantamiento de información respecto a flora y fauna silvestre en las microcuencas, así como la metodología utilizada, por lo cual, dicha información carece de confiabilidad”.

Tres, “no se citan clara y concretamente todas las especies de flora y fauna silvestre que fueron registradas en las dos cuencas utilizadas como unidad de análisis en el estudio”.

Cuatro, “los datos respecto a los rangos de precipitación y evapotranspiración tanto de las cuencas, como del área sujeta a cambio de uso de suelo se encuentran incorrectos”, pues hay disparidades entre lluvias y evapotranspiración que no se justifica.

Cinco, “no se demostró que el desarrollo del proyecto no afectará la biodiversidad”, pues hay omisiones respecto a la presencia de especies de flora reportada para las cuencas; tampoco se describieron los tipos de vegetación; tampoco se presentó información específica sobre las mediciones de diversidad biológica, y no hay idea de las especies de mayor y menor abundancia en los terrenos; la reubicación de especies endémica y en peligro no es viable, “no se describieron con claridad las medidas de prevención y mitigación propuestas, encaminadas a la conservación de corredores biológicos”, pues resulta insuficiente garantizar control de sedimentación, reforestación y gasto ecológico del agua, es decir, que ésta siempre fluya aguas abajo de la cortina.

Seis, hubo predios en los que no se hicieron muestreos correctos del volumen forestal que será extraído con el cambio de uso de suelo.

Siete, “no se garantiza que el proyecto no comprometerá la calidad del agua o provocará la disminución en su captación”, debido a que no se establecen con claridad las acciones de urgencia a desplegar si el agua del caudal ecológico no fluye desde la presa.

Ocho y último, no se demuestra que el uso propuesto sea más productivo a largo plazo, pues faltan datos para ponderar el beneficio económico de la extracción frente al valor de los servicios ambientales en juego y los recursos biológicos que pueden ser afectados.

MILENIO JALISCO buscó opinión de la CEA respecto a esta negativa, que ocurre a dos meses, pero no se había hecho público. El organismo estatal se comprometió a buscarla en la unidad ejecutora del proyecto de abasto y saneamiento de la zona conurbada, que encabeza Ricardo Robles Varela, pero no dieron alguna respuesta.

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Uno x uno

Algunos detalles

Del proceso de cambio de uso de suelo

- La resolución contra el cambio de uso de suelo fue emitida el pasado 20 de julio de 2012 por la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos de la Semarnat, bajo el oficio número SGPA/DGGFS/712/2157/12, y dirigido al director de la CEA, César Coll Carabias

- El proceso legal arrancó el 10 de noviembre de 2011, cuando la CEA solicitó el cambio de uso de suelo sobre terrenos forestales por una superficie de 76.57 hectáreas (sic), a lo que anexaba actas de la asamblea comunal de San Gaspar de las Flores, del ejido homónimo, del ejido Matatlán y diversas escrituras que acreditaban la compra de predios a particulares

De la obra

- La construcción de la presa derivadora y el sistema de bombeo Purgatorio–Arcediano significa una cortina de 28 metros de altura desde el lecho del Río Verde, y un almacenamiento de 3.5 millones de metros cúbicos

- El proceso de licitación consta de la elaboración de proyecto ejecutivo y el ganador dará inicio con la construcción de la presa derivadora (Sistema de Bombeo Purgatorio–Arcediano) con compuertas (incluye: obra de desvío, obra de toma, cortina, desarenador y estabilidad de taludes)

- Con esta presa derivadora, la CEA asegura que se captará un gasto firme de 5.6 m3/s, descargado por las presas El Zapotillo (4.8 m3/s) y El Salto (0.8 m3/s), equivalente a un volumen diario de 483,840 m3 para la zona conurbada

- Así, la presa almacenará 5 millones de m3 que remontarán una altura de bombeo de 565 metros, e incluye un acueducto de impulsión de 2.4 km, dos acueductos a gravedad de 4.3 km, y la conducción a la zona de El Ocotillo por 12 km

- En Ocotillo se construirá una planta de potabilización con capacidad para 2 m3 por segundo, a la par que se amplía la de San Gaspar en 3.6 m3. El sistema incluye un megatanque de 240 mil m3

- De la inversión, el presupuesto de egresos de la federación entregará 2,782 millones de pesos mientras el gobierno del estado lo hará con 3,008 millones. La presa, el bombeo y los acueductos absorben 3,932 millones de pesos, las potabilizadoras y la distribución, el resto (1,858 millones de pesos)

Fuentes: CEA, CNA

lunes, 1 de octubre de 2012

La Semarnat permitió reabrir tala en bosque mesófilo del Nevado




Las florestas dominadas por el oyamel se exponen nuevamente a fuertes presiones por la tala legal avalada por la autoridad forestal

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO

Más de doce años después de que la sociedad organizada de Ciudad Guzmán y el Sur de Jalisco lo impidiera, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) ha dado una nueva autorización para explotar los bosques de oyamel y mesófilos de montaña del ejido Huescalapa, en el Nevado de Colima.

Entre diciembre de 1999 y mayo de 2000, este diario documentó la movilización social que tuvo por efecto que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) suspendiera el aprovechamiento. Pro doce años después, la corta regresa, con los mismos actores y un volumen aun mayor al originalmente autorizado.

Según el jefe de la Unidad de Aprovechamiento y Restauración de Recursos Naturales de la Semarnat Jalisco, Ignacio Tovar Cortés, esto deriva de “una solicitud bien planteada del ejido Huescalapa, que evaluamos, que metimos en un proceso de observaciones puntuales para mejorarla, y concluimos que a nivel técnico el programa de manejo está bien sustentado”, dijo en entrevista con MILENIO JALISCO.

Es un programa de manejo con diez áreas de corta, una por año; la propuesta original era aprovechar 308 ha pero la redujimos a 156 ha, a pesar de que el ejido le ganó un amparo a la Semades [Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable, estatal] por el parque estatal, nosotros de todos modos estamos muy atentos en proteger el bosque mesófilo [de niebla] de esa montaña”.

De este modo, habrá un volumen de aprovechamiento de 14 mil m3, de los cuales, 5,400 m3 pertenecen a Abies religiosa (oyamel o abeto), “del cuál hemos documentado de forma clara que no se trata de una variedad en peligro de extinción como si lo es el Abies [guatemalensis] variedad jaliscana, que está hacia la costa; tenemos un oficio del ejido en que nos entrega un informe de la UdeG en que se analizaron 83 muestras de ese abeto y se concluyó que aunque requiere manejo, como todas las especies, es una protección activa muy distinta de la restrictiva”, apuntó el funcionario.

El responsable técnico del permiso es Aldo Rivera, el mismo al que la Profepa le canceló la tala en mayo de 2000, pero el funcionario de la Semarnat asegura que las condiciones cambiaron. “El volumen autorizado es nada en comparación con el potencial de esos bosques, es moderado pero tiene el mérito de atender también la parte social; la fauna se desplazará, pero de forma temporal, y tanto nosotros como la Profepa podemos hacer las inspecciones necesarias para garantizar que las cosas se manejen de forma adecuada”, apuntó Tovar Cortés.

Respecto a la necesidad de sombra en el desarrollo de los bosques de Abies, refirió que la apertura temporal del dosel de las florestas permite que crezcan nuevos ejemplares, por lo que bien manejado, es benéfico.

La Semades analiza en este momento la posibilidad de interponer un recurso de revisión ante la Semarnat debido a que el bosque de niebla alberga gran cantidad de especies en peligro, independientemente del caso del oyamel o Abies. La zona provee agua a todo el valle de Zapotlán el Grande.

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CLAVES

Qué dice la ley

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Artículo 2. Para los efectos del presente Reglamento, además de la terminología
contenida en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, se entenderá por: […]
II. Aprovechamiento restringido, extracción autorizada con limitaciones y medidas
especiales de precaución sobre volúmenes, especies y productos forestales para
evitar poner en riesgo la biodiversidad y los servicios ambientales en la zona del
aprovechamiento; […]

Artículo 14. En la zonificación se establecerán las siguientes categorías:
I. Zonas de conservación y aprovechamiento restringido o prohibido:
a) Áreas naturales protegidas;
b) Áreas de protección;
c) Áreas localizadas arriba de los 3,000 metros sobre el nivel del mar;
d) Terrenos con pendientes mayores al cien por ciento o cuarenta y cinco grados;
e) Áreas cubiertas con vegetación de manglar o bosque mesófilo de montaña […]
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