lunes, 1 de octubre de 2012

La Semarnat permitió reabrir tala en bosque mesófilo del Nevado




Las florestas dominadas por el oyamel se exponen nuevamente a fuertes presiones por la tala legal avalada por la autoridad forestal

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO

Más de doce años después de que la sociedad organizada de Ciudad Guzmán y el Sur de Jalisco lo impidiera, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) ha dado una nueva autorización para explotar los bosques de oyamel y mesófilos de montaña del ejido Huescalapa, en el Nevado de Colima.

Entre diciembre de 1999 y mayo de 2000, este diario documentó la movilización social que tuvo por efecto que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) suspendiera el aprovechamiento. Pro doce años después, la corta regresa, con los mismos actores y un volumen aun mayor al originalmente autorizado.

Según el jefe de la Unidad de Aprovechamiento y Restauración de Recursos Naturales de la Semarnat Jalisco, Ignacio Tovar Cortés, esto deriva de “una solicitud bien planteada del ejido Huescalapa, que evaluamos, que metimos en un proceso de observaciones puntuales para mejorarla, y concluimos que a nivel técnico el programa de manejo está bien sustentado”, dijo en entrevista con MILENIO JALISCO.

Es un programa de manejo con diez áreas de corta, una por año; la propuesta original era aprovechar 308 ha pero la redujimos a 156 ha, a pesar de que el ejido le ganó un amparo a la Semades [Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable, estatal] por el parque estatal, nosotros de todos modos estamos muy atentos en proteger el bosque mesófilo [de niebla] de esa montaña”.

De este modo, habrá un volumen de aprovechamiento de 14 mil m3, de los cuales, 5,400 m3 pertenecen a Abies religiosa (oyamel o abeto), “del cuál hemos documentado de forma clara que no se trata de una variedad en peligro de extinción como si lo es el Abies [guatemalensis] variedad jaliscana, que está hacia la costa; tenemos un oficio del ejido en que nos entrega un informe de la UdeG en que se analizaron 83 muestras de ese abeto y se concluyó que aunque requiere manejo, como todas las especies, es una protección activa muy distinta de la restrictiva”, apuntó el funcionario.

El responsable técnico del permiso es Aldo Rivera, el mismo al que la Profepa le canceló la tala en mayo de 2000, pero el funcionario de la Semarnat asegura que las condiciones cambiaron. “El volumen autorizado es nada en comparación con el potencial de esos bosques, es moderado pero tiene el mérito de atender también la parte social; la fauna se desplazará, pero de forma temporal, y tanto nosotros como la Profepa podemos hacer las inspecciones necesarias para garantizar que las cosas se manejen de forma adecuada”, apuntó Tovar Cortés.

Respecto a la necesidad de sombra en el desarrollo de los bosques de Abies, refirió que la apertura temporal del dosel de las florestas permite que crezcan nuevos ejemplares, por lo que bien manejado, es benéfico.

La Semades analiza en este momento la posibilidad de interponer un recurso de revisión ante la Semarnat debido a que el bosque de niebla alberga gran cantidad de especies en peligro, independientemente del caso del oyamel o Abies. La zona provee agua a todo el valle de Zapotlán el Grande.

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CLAVES

Qué dice la ley

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Artículo 2. Para los efectos del presente Reglamento, además de la terminología
contenida en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, se entenderá por: […]
II. Aprovechamiento restringido, extracción autorizada con limitaciones y medidas
especiales de precaución sobre volúmenes, especies y productos forestales para
evitar poner en riesgo la biodiversidad y los servicios ambientales en la zona del
aprovechamiento; […]

Artículo 14. En la zonificación se establecerán las siguientes categorías:
I. Zonas de conservación y aprovechamiento restringido o prohibido:
a) Áreas naturales protegidas;
b) Áreas de protección;
c) Áreas localizadas arriba de los 3,000 metros sobre el nivel del mar;
d) Terrenos con pendientes mayores al cien por ciento o cuarenta y cinco grados;
e) Áreas cubiertas con vegetación de manglar o bosque mesófilo de montaña […]

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